El usurpador, Pedro Carmona Estanga, al momento de jurar como fugaz presidente de Venezuela el 11 de Abril de 2002
Recordemos lo ocurrido el 11 de Abril del 2002: golpe de estado en la República Bolivariana de Venezuela. Un capítulo más de la historia universal de la infamia de Jorge Luis Borges.
LUEGO DE UNA BREVE INTRODUCCIÓN SE INCLUYE EL ACTA DE CONSTITUCIÓN DEL GOBIERNO GOLPISTA Y LA LISTA DE LOS QUE FIRMARON ESE DOCUMENTO QUE ES UNA VERDADERA VERGUENZA PARA LA HISTORIA DEMOCRÁTICA DE AMÉRICA LATINA Luego de que se mintiera a la población anunciando que Chávez había renunciado (cosa que también se hizo en el caso de Mel Zelaya durante el golpe hondureño), siendo que, en verdad, aquél se rehusó valerosamente a firmar la carta de renuncia que los golpistas le habían preparado, se convocó de urgencia a una reunión en el Palacio de Miraflores para ungir como presidente de Venezuela al líder de la organización empresarial Fedecámaras, Pedro Carmona Estanga (alias “Pedro el Breve”). Allí se procedió a dar lectura al Acta de Constitución del Gobierno de Transición Democrática y Unidad Nacional, nombre tan pomposo como mendaz con el que se pretendía disimular al golpe de estado presentándolo como una rutinaria sucesión institucional ante la misteriosa ausencia del primer mandatario. Ese despótico engendro, pergeñado por los inmaculados custodios de la democracia venezolana y aplaudido por Bush, Aznar y compañía, ponía en manos del efímero usurpador amplísimos poderes que no demoró en llevar a la práctica: de un plumazo Carmona derogó la constitución bolivariana, disolvió al Poder Legislativo y destituyó a todos los diputados a la Asamblea Nacional, suspendió a los magistrados del Poder Judicial, al Fiscal General, al Contralor y al Defensor del Pueblo y concentró la suma del poder público en sus manos.
Una vez que fuera leído tan ignominioso documento se invitó a los concurrentes a refrendar el triunfal retorno a la democracia. Entre los firmantes sobresalen los nombres –hundidos para siempre en irredimible deshonor- del Cardenal Ignacio Velasco, santo varón que para desgracia de los cristianos presidía los destinos de la Iglesia Católica en Venezuela; Carlos Fernández, vicepresidente de Fedecámaras; Miguel Angel Capriles, en representación de los medios de comunicación privados (que engañaron a la población desinformando sistemáticamente lo que estaba ocurriendo, con total impunidad); José Curiel, secretario del la democracia cristiana venezolana (COPEI); Manuel Rosales, por ese entonces Alcalde de Maracaibo (prófugo de la justicia acusado de numerosos delitos de fraudes y estafas, amparado y protegido en estos días por el gobierno de Alan García en el Perú); Julio Brazson, presidente de Consecomercio; Ignacio Salvatierra, presidente de la Asociación Bancaria; Luis Henrique Ball, presidente del Consejo Empresarial Venezuela-Estados Unidos; el general retirado Guaicaipuro Lameda, ex presidente de Pdvsa. Luego de la firma se procedió a tomar juramento a Carmona Estanga, dándose así por constituido el nuevo gobierno robustecido por el pleno respaldo de la “sociedad civil”, supuestamente congregada en la sede del gobierno venezolano y representada por ilustres personeros como los arriba nombrados.
Es decir, allí hubo un golpe “con todas las de la ley” que, tiempo después y con Chávez ya repuesto en el Palacio Miraflores, fue convalidado por el Tribunal Supremo de Justicia en una insólita decisión en la que se señalaba que Carmona Estanga había asumido el cargo debido a que en Venezuela se había producido un “vacío de poder”. Claro que esta curiosa teoría tenía un efecto práctico nada desdeñable: gracias a ella se eximía a los implicados de ser procesados por su participación en el golpe de estado, su impunidad consagrada gracias a una sentencia emitida por el más alto tribunal de justicia del país. Por otra parte, si la palabra “golpe” no apareció en el discurso político de esos días fue por otras dos muy convenientes razones. Primero, porque siempre y en todo lugar los golpistas rehúsan a reconocerse como tales, como violadores de la legalidad institucional y la legitimidad política: prefieren autocalificarse como “gobiernos provisorios” surgidos de la necesidad de restaurar un orden supuestamente destruido (o amenazado) por un líder demagógico o por la movilización popular. En la Argentina de 1955 el golpe de estado que acabó con el gobierno de Juan D. Perón se autoidentificó como “Revolución Libertadora”; por su parte, la dictadura genocida de 1976 se refería a sí misma con el pomposo nombre de “Proceso de Reorganización Nacional.” En otros casos, los golpes se ocultan bajo nobles y patrióticas consignas como “Gobierno de Reconciliación Nacional”, “Gobierno de Salvación Nacional” u otras por el estilo. En segundo lugar, porque si se caracterizaba a lo ocurrido como un golpe se erigía un serio obstáculo para lograr el reconocimiento internacional del nuevo gobierno, debido al repudio generalizado que los golpes de estado suscitan en las nuevas democracias latinoamericanas y, en menor medida, al peso que había adquirido en nuestra región la Carta Democrática Interamericana. O sea, se optó por montar una farsa (como luego se haría en el caso hondureño) al hablar de un “gobierno de transición” o un “interinato”, eufemismos utilizados para no llamar al golpe de estado por su verdadero nombre.
De hecho, esta tergiversación semántica facilitó que el nuevo gobierno fuese inmediatamente reconocido por George W. Bush y José María Aznar, dos personajes que, parafraseando a George Bernard Shaw, tienen tanta relación con la democracia como la música militar con la música. No sólo eso: apenas producido el golpe el vocero de la Casa Blanca, Ari Fleischer, señaló que la causa de la crisis era la polarización política y la conflictividad social inducida por las políticas de Chávez y que en las semanas previas al golpe funcionarios estadounidenses se habían reunido con Pedro Carmona (“el empresario que sucedió a Chávez”, según la tramposa caracterización de Fleischer) y con numerosos conspiradores civiles y militares para conversar sobre este asunto. El colofón de todas estas artimañas se conoció el mismo 12 de Abril, apenas unas horas luego de concretado el golpe, cuando Bush y Aznar dieron a conocer una insólita declaración conjunta en la que sostenían que “los gobiernos de Estados Unidos y de España, en el marco de su diálogo político reforzado, siguen los acontecimientos que se desarrollan en Venezuela con gran interés y preocupación, y en contacto continuo”. Ambos mandatarios además manifestaban “su rechazo a los actos de violencia que han causado una cantidad de víctimas” a la vez que expresaban “su pleno respaldo y solidaridad con el pueblo de Venezuela y su deseo de que la excepcional situación que experimenta ese país conduzca en el plazo más breve a la plena normalización democrática”. Es más, poco antes de que Carmona prestara juramento, la Presidencia española de la Unión Europea -anteponiendo sus afinidades con los golpistas a los principios democráticos de los que la Unión Europea se reclama fiel representante- emitió una declaración oficial en la que “manifiesta su confianza en el gobierno de transición en cuanto al respeto de los valores e instituciones democráticos, con el fin de superar la crisis actual”. Se asegura que Madrid y Washington habían reconocido que sus representantes en Caracas mantuvieron contacto continuo y una estrecha coordinación en los días previos y durante el golpe. El embajador de España en Caracas, Manuel Viturro de la Torre, junto al embajador de Estados Unidos, Charles S. Schapiro, acudieron juntos para entrevistarse personalmente con el presidente del así llamado “gobierno provisional” después que éste disolviera la Asamblea y avasallara la Constitución. Fueron los únicos diplomáticos que se entrevistaron con Carmona, avalando sin tapujos todo lo actuado por los golpistas.
El golpe no sólo contó con el apoyo de Estados Unidos y España. También obtuvo la aprobación de algunos otros gobiernos: Colombia, presidido entonces por Andrés Pastrana, y El Salvador, por Francisco Flores. El golpe se produjo mientras tenía lugar en San José, Costa Rica, la XVI Cumbre del Grupo de Río. Los presidentes allí reunidos consensuaron una tibia declaración en donde se condenaba la “interrupción del orden constitucional” (falaz argumento que años después utilizaría la Secretaria de Estado Hillary Clinton para referirse a lo ocurrido en Honduras) cuidándose con esmero de emplear la expresión “golpe de estado”.
Si no se esperaba otra cosa de Bush y Aznar, la desagradable sorpresa la produjo la reacción del gobierno chileno ante los acontecimientos que estaban teniendo lugar en Venezuela. El presidente Ricardo Lagos declaró en San José que “lamentamos profundamente los hechos de violencia y la pérdida de vidas humanas. Instamos también a la normalización de la institucionalidad democrática, pero al no tener el cuadro completo de situación le pedimos a la OEA que sea la encargada de hacer una evaluación del asunto”, al paso que agregaba que “tal como se ven las cosas hasta el momento "sería apresurado hacer declaraciones concluyentes”. Pero la Canciller chilena, Soledad Alvear, de rancia prosapia demócrata cristiana, vio las cosas de otra manera y atolondradamente emitió un venenoso comunicado que, siguiendo puntualmente la línea establecida por la Casa Blanca, acusaba de los hechos de violencia y alteración de la institucionalidad al depuesto presidente Hugo Chávez. De este modo, el supuesto “gobierno modelo” de las transiciones democráticas de América Latina reprendía a la víctima y se alineaba claramente con el victimario. El vergonzoso mensaje de Alvear –¡jamás repudiado o desautorizado por Lagos!- decía textualmente que “el gobierno de Chile lamenta que la conducción del gobierno venezolano haya llevado a la alteración de la institucionalidad democrática con un alto costo de vidas humanas y de heridos, violentando la Carta Democrática Interamericana a través de esta crisis de gobernabilidad”.
En otras palabras, la cancillería chilena culpaba al gobierno de Chávez de violar la institucionalidad democrática y cargaba las tintas sobre un pasaje de la declaración del Grupo de Río que condenaba la “interrupción del orden institucional en Venezuela generada por un proceso de polarización”, proceso que se atribuía exclusivamente al gobierno bolivariano. El propio Lagos declaró, todavía en San José, que “se condena el hecho porque hubo una interrupción del orden constitucional. Ese es un hecho. Pero, por otra parte, nos parece muy importante la capacidad que tengamos de colaborar con las nuevas autoridades para salir adelante”, una manera muy sutil de reconocer a los golpistas. Y ese era el otro hecho: el golpe de estado. Pero de ese hecho Lagos no habló. Obediente a ese llamado a la colaboración formulado por su presidente, el embajador de Chile en Venezuela, Marcos Álvarez, no se demoró en hacer explícito su respaldo a los golpistas destacando que “el nuevo Presidente tiene una excelente relación con Chile”. En línea con las declaraciones de sus superiores se negó a calificar a la destitución de Chávez como un golpe de estado. Apenas unas horas después del arresto de Chávez dijo textualmente a varios medios de su país que “aquí no se ha hablado de golpe de estado. No lo ha habido (...) Hoy me asombra la tranquilidad y civilidad de este pueblo empapado de democracia durante 40 años. Las democracias, sabemos, también son imperfectas, pero son democracias al fin y al cabo”. Tiempo después Santiago procuraba despegarse de los dichos de su embajador y le solicitaría a Álvarez su renuncia al cargo. Pero el daño ya estaba hecho.
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Acta de constitución del Gobierno de Transición Democrática y Unidad Nacional
Palacio Presidencial de Miraflores, Caracas, viernes 12 de abril de 2002
El pueblo de Venezuela fiel a su tradición republicana, a su lucha por la independencia la paz y la libertad, representado por los diversos sectores organizados de la sociedad democrática nacional, con el respaldo de la Fuerza Armada unido en un acto patriótico de reafirmación y recuperación de la institucionalidad democrática para reestablecer el hilo constitucional y haciendo uso de su legítimo derecho a desconocer cualquier régimen, legislación o autoridad que contraríe los valores, principios garantías democráticas consagrado en elartículo 350 de la Constitución del 30 de diciembre de 1999.
En concordancia con las bases y principios establecidos en la Carta Democrática Interamericana de fecha 11 de septiembre de 2001, debidamente suscrita por los estados miembros de la Organización de Estados Americanos incluyendo a Venezuela.
Considerando:
Que el día de ayer 11 de abril de 2002 fecha que será recordada con profunda indignación y tristeza nacional, ocurrieron hechos violentos en la ciudad de Caracas que se debieron a órdenes impartidas por el gobierno de Hugo Chávez Frías de atacar, reprimir y asesinar a mansalva a inocentes venezolanos que manifestaban pacíficamente en los alrededores del Palacio de Miraflores cometiéndose con ellos graves delitos comunes y de lesa humanidad contra el pueblo de Venezuela.Considerando:
Que Hugo Chávez Frías y su Gobierno ha contrariado los valores, principios y garantías democráticas en particular los de la democracia representativa, al haber pretendido que eran exclusivas de un solo partido político cuya presidencia ha ejercido en violación de lo establecido en el artículo 145 de la Constitución de 1999 que prohibe a los funcionarios públicos estar al servicio de alguna parcialidad política y, los de la democracia participativa al haber propugnado la elección de los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, de los miembros del Consejo Nacional Electoral, del Fiscal General de la República, del Defensor del Pueblo, del Contralor General de la República sin la debida postulación por sendos comités de postulaciones que debían estar integrados exclusivamente por representantes de los diversos sectores de la sociedad, en violación a lo establecido en los artículos270, 279 y 295 de la Constitución de 1999 propugnando en esa forma el acceso al poder y su ejercicio en violación del Estado de Derecho.Considerando:
Que Hugo Chávez Frías y su Gobierno en flagrante violación del principio de la separación e independencia de los poderes públicos consagrados en los artículos136, 254, 273 y 294 de la Constitución de 1999 consumó un proceso de concentración y usurpación de poderes, el cual hace inexorable la necesidad del restablecimiento de la separación y autonomía de los poderes públicos, a fin de constituir autoridades que garanticen el respeto a los derechos humanos y libertades públicas y a los valores e instituciones democráticas propias de un Estado de Derecho.Considerando:
Que Hugo Chávez Frías y su Gobierno en violación al artículo 328 de la Constitución de 1999 pretendieron vulnerar la institucionalidad y misión histórica de las Fuerzas Armadas Nacionales, su dignidad y papel en el desarrollo nacional, al imponerle funciones contrarias a la naturaleza exigiéndole lealtad a una sola parcialidad política y a un proyecto político ideológico y personal, lo cual no se corresponde a un marco institucional democrático.Considerando:
Que Hugo Chávez Frías y su Gobierno ha menoscabado sistemáticamente derechos humanos garantizados en la Constitución de 1999 y en los tratados, pactos y convenciones internacionales relativas a los derechos humanos suscritos y ratificados por la república, al punto de que nunca como en estos últimos tres años los organismos interamericanos de protección de Derechos Humanos han recibido tantas denuncias fundadas de violación de los mismos, en particular relativa al derecho de la vida al debido proceso a la libertad de expresión e información y al derecho a la información.Considerando:
Que Hugo Chávez Frías y su Gobierno ha propiciado desde sus altas posiciones una instigación a delinquir, al propiciar violaciones de toda índole a la propiedad privada, así como obstaculizar la investigación y sanción de civiles y militares afectos al régimen que han incurrido en delitos contra la cosa pública en flagrante violación a los principios del Estado de Derecho y contrariando componentes fundamentales del ejercicio de la democracia como son la transparencia de las actividades gubernamentales, la probidad y la responsabilidad de los gobiernos en la gestión pública.Considerando:
Que Hugo Chávez Frías y su Gobierno promovieron irresponsablemente un clima de confrontación y violencia social, contrario a la unidad nacional, al pluralismo democrático y en general al respecto a los principios y valores democráticos contra todas las instituciones y sectores de la sociedad venezolana.Considerando:
Que Hugo Chávez Frías y su Gobierno han trazado y ejecutado una política exterior contraria a los más altos intereses económicos, políticos y sociales de la nación, ocasionando un aislamiento de graves consecuencias para el país, manteniendo un tratamiento ambiguo frente al flagelo del terrorismo internacional y desarrollando vínculos irrefutables con la narcoguerrilla colombiana.Considerando:
Que Hugo Chávez Frías y su Gobierno mediatizando y controlando la autonomía del poder electoral, en violación al artículo 294 de la Constitución de 1999 y a los convenios internacionales ratificados en el marco de la OIT pretendió desconocer las legítimas autoridades sindicales del país, para imponer una falsa representación obrera sumisa a sus intereses en franca violación del ordenamiento jurídico nacional y de los acuerdos internacionales que regulan la materia.Considerando:
Que Hugo Chávez Frías y su Gobierno con base a la Ley Habilitante del 13 de noviembre de 2000 dictó 48 decretos con fuerza y valor de ley contrarios a la Constitución de 1999 y a la propia Ley Habilitante y, además sin haber realizado el proceso de consulta pública obligatoria que exigen los artículos: 204 y 211 de dicha Constitución que se aplican a los casos de delegación legislativa lo que significa no sólo violación del texto fundamental, sino un quebramiento de la confianza de los sectores productivos del país, promoviendo el irrespeto a la propiedad privada y generando un clima de incertidumbre económica.Considerando:
Que Hugo Chávez Frías y su Gobierno pusieron a la administración pública al servicio de una parcialidad política, contrariando lo dispuesto en el artículo 141 de la Constitución entre otros factores mediante la creación de los denominados círculos bolivarianos, a fin de promover acciones violentas y contrarias a la democracia y al Estado de Derecho tendientes a intimidar a la mayoritaria oposición que se ha venido manifestando en todo el país en violación de los derechos a la vida, a la libertad de expresión y a manifestar públicamente garantizados en los artículos43, 57, 58, 68 de la Constitución de 1999.Considerando:
Que el ejercicio pleno de la vida en democracia exige la convivencia pacífica y ajustada a derecho de mayorías y minorías en el proceso político, así como el respeto a todas las instituciones sean religiosas, profesionales, empresariales, políticas, gremiales, sociales y/o comunitarias sean o no partidarias del gobierno de turno a efecto de promover la unidad y sosiego del pueblo en un marco de libertad, pluralismo, respeto y tolerancia.Considerando:
Que Hugo Chávez Frías en el día de ayer, presentó su renuncia al cargo de Presidente de la República ante el Alto Mando de la Fuerza Armada Nacional, y el Vicepresidente Ejecutivo de la República abandonó su cargo con lo cual se ha configurado un vacío constitucional de poder con el objeto de restablecer la institucionalidad democrática y llenar el vacío constitucional de poder, para que el gobierno de la república pueda adaptarse a las exigencias y principios constitucionales y a los establecidos en la Carta Democrática Interamericana:Decretamos:
Constituir un Gobierno de transición democrática y unidad nacional de la siguiente forma y bajo los siguientes lineamientos:Artículo 1: Se designa al ciudadano Pedro Carmona Estanga venezolano, mayor de edad, con C.I. N° 1.262.556 presidente de la República de Venezuela.
Quien asume en este acto y de forma inmediata la jefatura del Estado y del Ejecutivo Nacional por el periodo establecido en este mismo Decreto.
El Presidente de la República en Consejo de Ministros queda facultado para dictar los actos de efectos generales que sean necesarios para la mejor ejecución del presente decreto y la consolidación del gobierno de transición democrática.
Artículo 2°: Se reestablece el nombre de República de Venezuela, con el cual continuará identificándose nuestra patria desde este mismo instante.
Artículo 3°: Se suspende de sus cargos a los diputados principales y suplentes a laAsamblea Nacional.
Se convoca la celebración de elecciones legislativas nacionales a más tardar para el mes de diciembre de 2002 para elegir a los miembros del Poder Legislativo Nacional, el cual tendrá facultades constituyentes para la reforma general de la Constitución de 1999.
Artículo 4°: Se crea un Consejo Consultivo que ejercerá las funciones de orden de consulta del Presiente de la República. El Consejo de Estado quedará integrado por 35 miembros principales y sus respectivos suplentes en representación de los diversos sectores de la sociedad democrática venezolana los miembros principales podrán separarse temporalmente de sus cargos sin perder su investidura para ocupar cargos en el Ejecutivo Nacional, estadal o municipal y sus faltas temporales o absolutas serán cubiertas por sus suplentes.
El Consejo Consultivo elegirá de su seno un presidente, dos vicepresidentes y un secretario.
El Consejo Consultivo estará integrado por los 35 ciudadanos que se identifiquen en el Decreto-Ley que a tales efectos se dicte.
Artículo 5°: El Presidente de la República de Venezuela coordinará las políticas de la transición democrática nacional y, las demás decisiones adoptadas para garantizarla con los poderes públicos estadales y municipales.
Artículo 6°: Se convocará a elecciones generales nacionales en un lapso que no excederá a 365 días contados a partir de la presente fecha.
El gobierno de transición democrática cesará en sus funciones una vez que el nuevo presidente electo democráticamente asuma su cargo. El presidente de la república designado en este caso no podrá ser candidato a la presidencia de la república en dicho proceso electoral.
Artículo 7°: El Presidente de la República en Consejo de Ministros podrá renovar y designar transitoriamente a los titulares de los poderes públicos, nacionales, estadales y municipales para asegurar la institucionalidad democrática y el adecuado funcionamiento del Estado de Derecho; así como a los representantes de Venezuela ante los parlamentos Andino y Latinoamericano.
Artículo 8°: Se decreta la reorganización de los poderes públicos a los efectos de recuperar su autonomía e independencia y asegurar una transición pacífica y democrática, a cuyo efecto se destituyen de sus cargos ilegítimamente ocupados al presidente y demás magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, así como al Fiscal General de la República, al Contralor General de la República, al Defensor del Pueblo y a los miembros del Consejo Nacional Electoral.
El Presidente de la República en Consejo de Ministros previa consulta con el Consejo Consultivo designará a la brevedad posible a los ciudadanos que ejercerán transitoriamente esos poderes públicos.
Artículo 9°: Se suspende la vigencia de los 48 decretos con fuerza de ley, dictados de acuerdo con la Ley Habilitante de fecha 13 de noviembre de 2000.
El Presidente de la República instalará una comisión revisora de dichos decretos-leyes, integrada por representantes de los diversos sectores de la sociedad.
Artículo 10°: Se mantiene en plena vigencia el ordenamiento jurídico en cuanto no colida con el presente decreto ni con las disposiciones generales que dicte el nuevo gobierno de transición democrática.
Asimismo se mantienen en vigencia todos los compromisos internacionales, válidamente asumidos por la República de Venezuela.
Artículo 11°: El gobierno de transición democrática y unidad nacional entregará sus poderes y rendirá cuenta de sus gestiones a los órdenes del Poder Público que legítimamente se elijan, de acuerdo con lo dispuesto en este decreto y demás disposiciones constitucionales y legales-
Dado en el Palacio de Miraflores en la ciudad de Caracas el día 12 del mes de abril de 2002.
Años 191º de la Independencia y 142º de la Federación.
Señoras y señores, a los fines de seguir adelante con este movimiento de toda la sociedad democrática nacional, a la salida de este recinto se les convoca a firmar el decreto que se acaba de leer como adhesión a este proceso.
Acto de juramentación
Yo, Pedro Carmona Estanga, en mi condición de Presidente de la República de Venezuela, juro ante Dios Topoderoso, ante la patria y ante todos los venezolanos reestablecer la efectiva vigencia de la Constitución de la República de Venezuela de 1999 como norma fundamental de nuestro ordenamiento jurídico y restituir el Estado de Derecho, la gobernabilidad y la garantía del ejercicio de las libertades ciudadanas, así como al respecto a la vida, la justicia, la igualdad, la solidaridad y la responsabilidad social.Firmada por: Manuel Rosales, Asdrúbal Pulido Salvatierra, Pedro Enrique Piñate Bermúdez, Vladimir Castellanos, Germán Barreto H., José Rafael Berroterán Esculpi, Aquiles José Rojas Salazar, José Castro M., Hugo Rodríguez Rausseo, Luis R. Contreras Laguado, Laura Rivero, Alexis Rodríguez, Nelson Albornoz, Alicia Sepúlveda, Jesús Nicolás de Fino Montes, Michel Biondi, Óscar Francisco Mora Endara, Pedro J. Mantellini, J.R. Chacón Mogollón, Miguel Antonio Hernández, Eduardo Arturo Gámez Quintero, Luis Gerardo Ascanio Estévez, Giusepe Grunfio, Miguel Ambrosio E., Héctor Sabatella, Roberto Marrero, Flavio Passano Mauri, Asnaldo Antonio Vásquez Rivas, Óscar Eduardo Moratino, Hugo Aranguren Quintero, Douglas León Natera, Ely López Quijada, Jesús López Planchart, Porfirio Tamayo, Víctor Sequeda, Juan Carlos Zapata, Rómulo Otaso Pérez, Julio Lesa Arreaza, Roberto Henríquez, María C. de Huizi, Cristín Nicolás Núñez, Heidi Andreína Flores Palacios, Ibraín García Carmona, Miguel Mónaco Gómez, Alfredo Chaparro, Pablo César Marín, William Chávez, Iván Morales Valles, Adolfo Pastrano Matute, Rubén Darío Bustillos, Américo Martín, Martha de Briceño, Giovani Otaviani Vera, Eldar Levi Pascal, Antonio Isaac Pardo Guilarte, Rafael Ojeda Henríquez, Nelson Dagama Suárez, Alfredo Fernández Gallardo, Carlos Fernández Gallardo, Eliseo Sarmiento Pérez, Luis Rafael Hernández, Varela Ramos, Édgar Linares Machado, Gerson Rabanales, Gloria Janeth Istifano, Roberto Campos Silva, Miguel Alejandro Alfonzo Ruiz, Miguel Angel Luna, Gabriela Domínguez, Orlando Mangliani, Víctor Manuel Dálamo, Nelson José Mendoza P., Heidi Engelberg, José Ramón Chourio, Alfredo G. Dominisio, Adalberto Jiménez, José Gregorio Correa, Miguel Valle Herrera, José Javier Martínez, Juan Carlos Arreaza, Pedro Palomino, José Santiago Romero, Yeikok Abadi, Rubén Flores Martínez, Alida Lasar de Medina, Ricardo Álvarez Uzcátegui, Noel Álvarez Camargo, Roberto Campos Silva, Rafael Méndez Díaz, Bernardo Corredor Ramírez, Francisco Márquez Velasco, Alfredo Ortega Rubio, Fernando Albán, Fiderela Fórmica, Abelardo Pinedo, Maximiliano Magil, Edgar Villarroel, María Eugenia Chacón Moreno, Ana Patricia Laya, Andrea Daza Tapia, Rafael Luis y Clavier, Carlos Redondo Morazani, Rodolfo León Nobel, José Rafael Márquez Avendaño, Carlos de Seda Rojas, Emilio Peñaranda Pita, Roger Guillén Castro, Arturo Calderón, José Martínez Franco, Vilma Petrach, Gregorio Rojas Salazar, Marcos Acosta, Hugo Arrioja, Guillermo Velutini, José Gregorio Vásquez, Néstor González González, Félix Aranguren, Sergio Omar Calderón, Juan Moreno Gómez, Vilma Hernández, Ramón Alvarez Viso, Juan Carlos Barroso, Angel Prato, Miguel Méndez Fabiani, Luis Gerardo Ventura, Jame Eisleiman, Silvino José Bustillos, Eduardo José Cabrera, Sammy Jesús Landaeta Millán, José Valentín Liscano Coronado, Brionet Michel, Carmen América Oropeza, Mireya Valderrama, Eduardo Marín, Marcos Torres, Rubén Piña Zaa, Ibeth de Bustillos, Eduardo Galavis Añez, Pedro Rafael Betancourt, José Gabriel Izaguirre Duque, Alfonso Albornoz Niño, Julio César Pasarelo Golding, Remo Alejandro Pasarelo Golding, Rafael Varela Gómez, María Corina Machado, Antonio Nicolás Briceño Brown, Roberto Mendoza L., José De Sousa, general de división Rafael A. Montero Rebete, Gretel González Penzo, Abraham Pulido Méndez, Marcos Oviedo, José Rodríguez, Luis Reyes, Elías Bittar Escalona, Luis Eduardo González del Castillo Yánez, Andrés Rojas Cubero, José Martli Saqui, Carlos Alberto Guevara Solano, Pedro Luis Ravelo, José Ángel Urbina, Luis González del Castillo, Alejandro Peña Esclusa, Carlos Redondo Morazani, César Camejo Blanco, Ernesto Amado Villasmil, Yaniret Suárez Mujica, Alberto José Fernández Arribillaga, Alejandro Goiticoa Ramírez, Betty de Martínez, Nelson Morales Caraballo, Gerardo Omaña, Alexis Garrido Soto, Andrés Rojas, Iván Sanoja Martínez, Juan Enrique Aister, Gustavo L. Velásquez, Fidias Marcano, Francisco Martínez G., María Alejandra García Gómez, Félix Francisco Figuera Valdés, Ubilerma de Jesús Brito Useche, María Rodríguez Ramos, Richard David Figueras, Jesús Francisco Figueras, Corina de Machado, Luis Morales Parada, Miguel Ardanas, Carlos Salvatore Mariscalco, Oswaldo Cocne, Luis Manrique, Carlos Julio Ostos, Gisela Gómez Sucre, Andrea Gabriela Gómez, Vicente Dávila Arreaza, Rodolfo Lovera Pérez, Daniel Fernández, Alfredo Rangel Mata, Margarita Rodríguez B., Jhonny José Barrios, Carlos Enrique Quintero, Laura Carolina García Gómez, Ricardo García Enríquez, Haydée Deus, María Cristina Parra, Mimí Yaneth Aseti, Sixto Díaz Miranda, Pedro Francisco Arroyo, Alberto Blasini, Enrique Yéspica Alvarado, José del Carmen Montilla, José Alberto Zambrano G., Michael Gogarizan, Herminio Fuenmayor, Reinaldo Casanova, Hugo Hernández Raffali, Néstor Col, Gonzalo de Guruceaga, Sergio R. Sucre, Rafael Arreaza Padilla, Luis Miguel Fajardo, Rafael Castellanos, Pedro José Figueras, Luis Rafael Fajardo, Pedro Rojas Villafaña, Marcial Lara Ortega, Jesús A. Cabezas Castro, Isidro Díaz Infante, César Ramírez Morales, Armando León, Ciro Belloso, Rubén Barboza, Rafael García P., Rodríguez Meijaró Iturbe, vicealmirante Diofante Torrealba, Marianela Mata B., Marianela Dorante de Aguiar, Alberto Mariño, José A. Ciriliano, Mario Tepedino, Juan Andrés Sosa B., Luis E. Servando, Pedro Perdomo Alberto, Víctor Ruido Medina, Javier Muñoz León, Gonzalo Mendoza, Darío Bander Fontúrbel, Félix Pérez Avilés, David Meneses, Jesús María, Felipe Brillembourg, José Antonio Navarro Evia, Lourdes Alcalá de García, Vilma Martínez, doctora Weles Sacarías, Alberto Quirós, Juan Pablo Borregales Delgado, J.M. Magro O., Juan Antonio Goliat, Rafael A. Jimones Márquez, Gilberto Carrasquero Araujo, Jesús A. Jiménez Galvis, Enrique José Cedeño, Víctor José García, Manuel A. Pulido, Rodolfo, Jesús María Ponce, David López Henríquez, Valentina Leseur, Maye Primera Garcés, Ingrid Gómez, Víctor Hernández Dépori, Armando E. Cuello Adrianza, Alexis Martínez, Carlos Cadavieco, Alvaro Caballero Fonseca, José Rodríguez, Víctor Mendoza, Jesús Alberto Fernández J., Mario Caputo Cesarani, Rafael Orlando Chacón Prada, Gustavo Nagen, Edecio Brito, Leopoldo López Gil, Rafael Mendoza Rivera, Nancy Figueroa Yánez, Dolores Piña de Nieto, Héctor Otilio Pujol, Josefina Quintero Sanabria, Richard Toquer Loero, Carlos Rodríguez Matosa, Alba Teresa Parra, Rosaura Aguiar Aranguren, doctor Miguel Angel Castillo, ingeniero Ismael Jiménez Velásquez, Lic. Manuel Mendoza Villarreal, Castor González, José Antonio Gil Yépez, Marcel Carballo, Germán Barreto, María del Amparo Parejo, Jaime Manso Manso, Alicia Taormina Parra, Ramón Rodríguez, Francisco Alvarado Ordóñez, Octavio Delamo, Rafael Antonio Ramones Montero, Yuly Penet, Miguel Enrique Corso Corso, Fernández Galíndez Díaz, Simón Uscanga Lovera, Alfredo Larrazábal, Guillermo Colimodio, Gonzalo Colimodio, Félix Duarte, Alfonso Riera, Juan Luis Rico Chayet, Rodolfo Rabanales, Gloria Pacífico de Bustillos, Guillermo Alcalá Prada, Vicente Brito, Alicia Uzcátegui de Zambrano, Luis Antonio Molina, Gonzalo Pérez Hernández, Pedro Jesús Castro Torrealba, Gonzalo Medina Valery, Víctor Escobar, Carmen Gedel, Thais de Gibs, Alberto Gibs Gil, Nicole Michele Moreli, Blas Antonio García Núñez, Carlos Grimaldi, Miguel Pupio Pizani, Rubén Ortiz Córdoba, Luz García, Sergio Contreras, Osleida Arévalo Montilla, Jorge Paparoni M., Luis Horacio Vivas Peña, Elio Andrés Delamo Chacón, Andrés González Herrera, Julio César Cabrera, Francisco Briceño, Escales Díaz Aguiar, José D. Bravo, Ana Karina González, Jorge Hung, Osías Senior, Edgar Monserrate, Belkis Yépez, Ángel Irigoyen, Carlos Enrique Gutiérrez, José Vicente Carrasquero
Fuente, Blog de Atilio Borón: http://www.atilioboron.com/2011/04/el-golpe-de-estado-contra-chavez-el.html
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